Novedades en materia cambiaria

7 octubre, 2021 | Actualidad normativa

Con fecha 5 de octubre de 2021 el Banco Central de la República Argentina («BCRA») publicó la Comunicación A 7375, por la cual modifica disposiciones referentes al acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones y el régimen informativo de anticipo de operaciones cambiarias.

1.- En lo que respecta a las limitaciones referentes al pago de importaciones, las disposiciones de esta nueva Comunicación tendrán vigencia en forma temporaria, alcanzando a las operaciones de egreso de divisas que se realicen con acceso al mercado de cambios entre el 6/10/2021 y el 31/10/2021. Como en el caso de otras disposiciones transitorias, podría ocurrir que este plazo sea prorrogado a su vencimiento.

La norma establece mayores restricciones para el pago de importaciones a través del mercado de cambios. Básicamente, durante su plazo de vigencia:

(i) Se limita a U$S 250.000 el exceso que puede presentarse entre los pagos realizados con acceso al mercado de cambios a partir del 1/01/2020 y el valor de las importaciones nacionalizadas desde dicha fecha.

(ii) Se elimina temporalmente la excepción prevista en la normativa cambiaria para el pago de importaciones de bienes de capital. Esto implica que durante la vigencia de estas medidas los pagos por importación de bienes de capital quedan sujetos a las mismas restricciones que los restantes bienes.

(iii) No se permite el acceso al mercado de cambios para el pago de anticipos de importaciones.

2.- En lo que respecta a la modificación del régimen informativo de anticipo de operaciones cambiarias, se disminuye de U$S 50.000 a U$S 10.000 el monto de operaciones diarias de egreso de divisas a través del mercado de cambios, a partir del cual las entidades financieras deben reportar previamente al BCRA.

Esto implica que, con una anticipación de dos días hábiles al cierre de cada jornada, las entidades financieras deben remitir al BCRA la información sobre operaciones a realizar -por solicitud de sus clientes o por operaciones propias-, que impliquen el acceso al mercado de cambios por un monto diario igual o superior a U$S 10.000. De alguna manera, la obligación de informar con esta anticipación y por montos menores, implicará una cierta restricción temporal para la transferencia de fondos al exterior.

Para cualquier aclaración o consulta respecto del presente, pueden contactarse con Lorena Bartomioli (lbartomioli@brons.com.ar) o Alejandro Vidal (avidal@brons.com.ar)