Resolución Nº 449/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación. Información respecto a las condiciones de venta de productos y servicios

27 octubre, 2020 | Actualidad normativa

El 26 de octubre de 2020 fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación la resolución Nro. 449/2020 (la “Resolución”) dictada por la Secretaria de Comercio Interior -como Autoridad de Aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor-, que regula ciertas medidas tendientes a garantizar a los consumidores el acceso a información relacionadas con los medios de pago de bienes y servicios.

La Resolución establece que los proveedores de bienes y servicios deberán informar en sus puntos de venta y páginas web, para el caso de contar con tal herramienta, todos los medios de pago que se aceptan, sean estos electrónicos o de cualquier otro tipo.

A tales fines, los proveedores deberán colocar cartelería y/o elementos de identificación o similares, tanto en las vidrieras de los establecimientos y en las líneas de caja, como en las páginas web, exhibiendo de manera precisa y visible cuáles son los medios de pago aceptados por los proveedores.

La cartelería, elementos de identificación, logotipos y/o similares, cuya superficie máxima sea de trescientos centímetros cuadrados (300 cm2) que sean utilizados por los proveedores, se considerarán elementos de carácter exclusivamente informativo para las y los consumidores.

La Resolución está vigente desde el 26 de octubre de 2020, y su incumplimiento acarrea las sanciones previstas en la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240 y modificatorias.