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Aprobación del “Convenio 108+”
11 noviembre, 2022 | Actualidad normativa
El 09 de noviembre de 2022, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el Protocolo modificatorio del Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, el conocido “Convenio 108+”, el que contaba, desde el 23 de julio de 2020, con media sanción de la Cámara de Senadores.
El citado Convenio es un instrumento multilateral de carácter vinculante de importancia en la protección de datos personales siendo su finalidad la de reforzar la protección de los datos personales considerando la diversificación, intensificación y globalización del tratamiento y flujo de datos y la autonomía personal.
Los principales lineamientos son:
(i) incorpora la obligación de denunciar sin demora, al menos a la autoridad de control, cualquier incidente de seguridad que pueda interferir gravemente con los derechos y las libertades fundamentales de los titulares de datos;
(ii) amplía el concepto de “datos sensibles”, incluyendo expresamente a los datos genéticos y biométricos.
(iii) impone mayores exigencias respecto a la transparencia en el procesamiento de los datos personales;
(iv) exige la aplicación del principio de privacidad desde el diseño, es decir, pensar en la protección de los datos desde el comienzo de cualquier proyecto que vaya a llevarse a cabo;
(v) establece condiciones más estrictas con relación a los principios de proporcionalidad, minimización y licitud en el procesamiento de datos.
(vi) amplía los derechos del titular de los datos otorgándole, entre otros, la posibilidad de oponerse a operaciones de tratamiento automatizado y a requerir información sobre la lógica subyacente a ese tipo de tratamiento;
(vii) incorpora nuevas definiciones, como ser la de e “responsable del tratamiento de los datos” y “encargado del tratamiento de los datos”;
(viii) se incorpora el principio de accountability como parte integrante del régimen de protección de los datos personales;
(ix) se encuentra a cargo de los responsables de tratamiento de los datos, la obligación de analizar previamente el posible impacto que pueda llegar a tener el tratamiento sobre los derechos y libertades de los titulares de los datos.
(x) amplía la competencia de la Autoridad de Control.
La aprobación/ratificación del Convenio es un paso fundamental en materia de privacidad y protección de datos personales y resulta ser sumamente importante para que Argentina mantenga el reconocimiento, por parte de la Comisión Europea, de ser un país con adecuado tratamiento de datos personales; siendo esta aprobación de vital importancia para que en breve (se encuentra en curso el proceso de actualización de la Ley N° 25.326 de protección de los datos personales) Argentina cuente con una nueva ley de protección de datos, que se adecue a los tiempos actuales y que se encuentre en línea con la normativa que se viene dictando no solo ya en Europa sino también en la región.
Para cualquier aclaración o consulta respecto del presente, pueden contactarse con María Luján Gallego (mgallego@brons.com.ar).