Salario Mínimo Vital y Móvil

27 septiembre, 2021 | Actualidad normativa

SINTESIS
Norma: Resolución 11/2021 Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil
Vigencia: 1º de septiembre 2021
Alcance: Nacional
Tema:

  • Fija el Salario Mínimo Vital y Móvil a partir del 1º de septiembre de 2021
  • Incremento escalonado hasta el 1º de febrero de 2022
  • Aplicación a trabajadores del sector público y privado, y trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario

En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 11/2021 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil por la cual se incrementa en forma escalonada y con efectos a partir del 1º de septiembre de 2021, el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

La Resolución dispone que el incremento del SMVM es aplicable a los empleados en relación dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo y a los empleados de la administración pública, como también al personal encuadrado bajo el Régimen de Trabajo Agrario, encontrándose excluidos el personal del servicio doméstico.

El nuevo SMVM será el que resulta del siguiente cuadro:

Fecha de vigencia Personal Jornalizado Personal Mensualizado
1º de septiembre de 2021 $ 155,52.- $ 31.104.-
1º de octubre de 2021 $ 160,00.- $ 32.000.-
1º de febrero de 2022 $ 165,00.- $ 33.000.-

Recordamos que el SMVM es la menor remuneración por hora o por mes que debe percibir en efectivo todo trabajador, por una jornada completa de trabajo.

Del incremento dispuesto del SMVM resultan fundamentalmente los siguientes efectos:

  • Obligación del empleador de adecuar los salarios brutos totales mensuales u horarios que perciba el personal, en el supuesto de encontrarse por debajo del SMVM;
  • Necesidad de actualización de las escalas salariales de Convenio (CCT) para adecuarlas al SMVM y, cuando ello esté previsto en el respectivo CCT, mantener las diferencias porcentuales entre categorías – todo ello dependiendo de cada Convenio Colectivo;
  • Modificación de los parámetros para el cálculo de embargos sobre remuneraciones de los trabajadores (conf. Dec. 484/87);

Para cualquier aclaración o consulta respecto del presente, pueden contactarse con Javier Fernández Verstegen (jverstegen@brons.com.ar).