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Reuniones a distancia de asociaciones civiles – Resolución General IGJ 1/2021
7 enero, 2021 | Actualidad normativa
El 6 de enero de 2021 la Inspección General de Justica (IGJ) publicó la Resolución General IGJ N° 1/2021 (la “Resolución”) mediante la cual estableció que, mientras se encuentre vigente la prohibición, restricción, limitación de circulación y/o de utilización de medios de transporte públicos y/o medidas de aislamiento y/o distanciamiento social, dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, las asociaciones civiles podrán designar autoridades mediante reuniones a distancia, con los recaudos establecidos en la Resolución General IGJ N° 11/2020.
Recordemos que hasta ahora, para evitar la paralización de las asociaciones por vencimiento del mandato de sus autoridades, la IGJ prorrogó la vigencia de dichos mandatos a través de las Resoluciones Generales N° 18/2020 (publicada el 29 de abril de 2020) y N° 39/2020 (publicada el 4 de septiembre de 2020) por un plazo de 120 días desde la publicación de cada una de esas resoluciones.
Quedan exceptuadas de la posibilidad de elección de autoridades mediante reuniones a distancia las asociaciones civiles que tengan consagrado el voto secreto en su estatuto social y/o reglamentos y que no logren consagrar una lista única de candidatos. En estos casos, se extiende la prórroga de los mandatos de los miembros de los órganos de gobierno, administración y fiscalización por el término de 120 días, contados a partir del 6 de enero 2021. La prórroga se renovará sucesiva y automáticamente, por idéntico plazo, en caso de subsistir la situación de emergencia sanitaria contemplada en el DNU 297/2020.
Finalmente, la Resolución dejó sin efecto cualquier otra norma que contravenga las disposiciones detalladas precedentemente.