Mediante las Resoluciones Generales N° 4770 y N° 4771, respectivamente, la AFIP dispuso extender hasta el 31/08/2020 la suspensión de: (i) la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”; y (ii) de la iniciación de juicios de ejecución fiscal; aclarando que tal medida regirá sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.

Ambas medidas habían sido oportunamente dispuestas por Resoluciones Generales AFIP N° 4.557 y N° 4.730, respectivamente, con vigencia hasta el 31/07/2020.

Cabe destacar que tales medidas fueron adoptadas a efectos de amortiguar el impacto negativo de la declaración de la pandemia por el COVID-19 y a fin de contemplar la situación económica que atraviesan los contribuyentes, coadyuvando al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en el marco de la declaración de emergencia decretada oportunamente por el Gobierno Nacional.

Cecilia García Monteavaro