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Resolución 1959/2024
1 julio, 2024 | Actualidad normativa
El pasado 26 de junio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 1959/2024 del Ministerio de Salud de la Nación (la “Resolución”) mediante la cual se creó: a) el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (“ReNaPDis”); b) el Registro de Recetarios Electrónicos; y c) la Clave Única de Identificación de Recetas (“CUIR”).
Se derogó la Resolución N° 305/2023 del Ministerio de Salud de la Nación la cual establecía un registro provisorio de plataformas de teleasistencia ante la Subsecretaría de Integración de Sistemas y Atención Primaria de la Salud, ya que la misma no tuvo implementación alguna.
El dictado de la Resolución va en línea con la modificación que sufrió la Ley Nacional N° 27.553 de Recetas electrónicas o digitales, a través del DNU N° 70/2023, eliminándose la posibilidad de emitir recetas médicas en forma manuscrita y exigiendo que toda prescripción, dispensación de medicamentos, así como toda prescripción médica (estudios, análisis, etc.), solo puedan ser redactadas y firmadas a través de plataformas electrónicas habilitadas a tal fin.
La Resolución establece:
· Creación del ReNaPDiS
Registro en donde se inscribirán todos los sistemas de información y plataformas digitales vinculados a la salud digital y sus responsables.
Este registro será coordinado y funcionará dentro de la órbita de la Dirección Nacional de Sistemas de Información Sanitaria, la que dispondrá las pautas operativas y los documentos técnicos que determinen las condiciones de funcionamiento y los requisitos técnicos y de inscripción de las plataformas o sistemas inscriptos.
Para lo cual la Dirección deberá establecer: a) los requisitos o estándares para las plataformas o sistemas para su inscripción; b) el período de vigencia de la inscripción; c) la adecuación que los sistemas deben cumplir para el proceso de registración y/o habilitación; d) las buenas prácticas en la materia; y e) los mecanismos de contingencia para períodos los de implementación, readecuación de sistemas e interrupciones de sistemas o de su conectividad. La Dirección deberá publicar periódicamente el listado de plataformas y/o sistemas registrados en el ReNaPDiS.
Asimismo, se exige que aquellas plataformas que hubieran realizado su inscripción en los términos de la Resolución N° 305823, deberán cumplir con lo establecido en la Resolución.
· Creación del Registro de Recetarios Electrónicos
Se crea el Registro de Recetarios Electrónicos, registro que funcionará dentro del ReNaPDiS, donde deberán inscribirse todas aquellas plataformas o sistemas de prescripción de recetas electrónicas y/o digitales, de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y/o cualquier otra indicación.
Por lo que, a partir del 1 de julio de 2024 comenzarán a aplicarse las condiciones de implementación definidas en el Anexo II de la Resolución, esto es que la receta electrónica y/o digital será la única modalidad válida para toda prescripción médica u odontológica y/o de otros profesionales de la salud.
El Anexo II dispone que la falta de condiciones de operatividad tecnológica para cumplir con el circuito integral de la prescripción electrónica y/o digital, tanto en el período de implementación de las plataformas como por inconvenientes técnicos puntuales, serán consideradas “condición de contingencia”, por lo que, en este periodo, las recetas en papel con firma ológrafa o manuscrita y no digitalizada, tendrán validez en forma excepcional conforme los cronogramas y normas operativas que dicte la Dirección.
Por su parte, las recetas emitidas en papel antes del 1 de julio de 2024 mantendrán su validez conforme las disposiciones vigentes al momento de su emisión.
· CUIR
El art.11 de la Resolución crea el CUIR, como método para identificar las recetas de formar univoca emitidas de manera electrónica o digital, encontrándose a cargo de la Dirección Nacional de Sistemas de Información Sanitaria, la implementación y determinación de las condiciones técnicas y/o especificaciones necesarias.
La Resolución entró en vigencia el 27 de junio de 2024.
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